POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD PPSS


 
¿Qué es la participación Social en Salud?
 
  Es una política la cual tiene como objetivo garantizar el derecho de la ciudadanía de intervenir en las decisiones para el cumplimiento del derecho a la salud. Apunta a la promoción de la participación ciudadana y el ejercicio del control social y tiene 5 ejes estratégicos:
 
1. Fortalecimiento Institucional
2.Empoderamiento de la ciudadanía y las organizaciones
3. Impulsar la cultura de la salud
4. Control Social
5.Gestión y Garantías para la decisión
 
Cada uno de ellos se componen de diferentes líneas de acción, las cuales buscan gestionar, educar y comunicar la participación social en la salud.
 
 
¿Quiénes pueden formar parte de esta política?  
 
 La ciudadanía en general que pertenezca al sistema de salud subsidiado o contributivo, que deseen ser escuchados y ser la voz de otros usuarios, con el fin transformar su entorno para mejorar la calidad del servicio de salud, buscando el bienestar común  
   
 
¿Cuáles son las formas de participación Social en la Salud?   
 
Asociación de usuarios- (DECRETO 1757/1994 Y 780/2016)
 
Agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y defensa del usuario.
 
 
COPACOS (comité de participación comunitaria en salud) DECRETO 1757/1994 Y 780/2016
 
Son un espacio de concertación entre los diferentes actores sociales y el Estado, en donde se encuentran representantes de organizaciones sociales y comunitarias de la localidad, las instituciones locales encabezadas por el Alcalde Local o su delegado y representantes del sector salud del orden distrital y local.
 
Junta asesora comunitaria en salud (ACUERDO 641 DE 2016 Y DECRETO 475/2016)
 
  Las Juntas Asesoras Comunitarias en Salud son una instancia de Participación Social que pretende fortalecer la participación activa comunitaria en salud en las Unidades de Servicios de Salud, con el fin de asesorar, apoyar y mejorar la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios .
 
Comité de ética hospitalaria (DECRETO 1757/1994 Y 780 /2016) 
 
Las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas deben conformar los comités de ética Hospitalaria y están integrados por seis miembros, de los cuales dos (2) representantes son de la Asociación de Usuarios de la IPS y dos (2) delegados son elegidos por y entre los representantes de las organizaciones de la comunidad que formen parte de los comités de participación comunitaria (COPACOS).
 
Juntas directivas de las unidades de prestación de servicios de salud de las subredes integradas (DECRETO 1876/1994 Y 780/2016)
 
 Las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado resultantes de la fusión están compuestas por nueve integrantes. Se integran con una tercera parte de sus miembros como representantes del sector político administrativo, otra tercera parte está representada por el sector científico de la salud y la tercera parte restante es designada por la comunidad (Asociación de usuarios, Gremios de la Producción y COPACO.  
 
  ¿Quieres saber cómo puedes participar?  
 

Bogotá 

Celular: 322-273 1073
Teléfono: (031) 743 5908
 

Bucaramanga   

Celular: 316-833 2803
Teléfono: (037) 696 0774
 

Cúcuta

Celular: 305-336 8663
Teléfono: (037) 594 8229